2) OBJETO GENERAL
El objeto de la Fundación es la promoción y protección de la salud en cualquiera de sus vertientes mediante la docencia, investigación, desarrollo e innovación de las Ciencias de la Salud, así como la realización de actividades de promoción, prestación y gestión de recursos y servicios sanitarios avanzados.
El objeto, siempre de carácter general, busca de forma contundente la excelencia médica, investigadora, tecnológica y la prestación de servicios de calidad, que además de convertir a la Fundación en referencia para el Sistema Nacional de Salud, sea capaz de transferir al ciudadano en la forma de nuevos productos, tratamientos y/o servicios, los resultados obtenidos a partir de la investigación biomédica y biotecnológica desarrollada.
- En particular, pretende llevar a cabo una investigación traslacional basada en la excelencia, reflejando en todas sus actuaciones la vocación de progreso y mejora de la calidad asistencial a todos los ciudadanos y capitalizando toda la investigación biomédica en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Promoverá la investigación biomédica y biotecnológica, en áreas de interés relevantes para la región, con una clara orientación hacia la medicina personalizada y a la aplicación de las nuevas tecnologías en sectores como la salud humana, la industria o el sector educativo, sin olvidar el papel fundamental que ha de jugar la bioética en la propia investigación y en la mejora de la salud de las personas.
Igualmente representa parte importante de su objeto estatutario la promoción de la donación en general, y en especial la donación de sangre, así como la gestión de la transfusión de la misma, su análisis y del plasma sanguíneo y la gestión del futuro Banco de órganos y tejidos.
Fomentará la creación de una cultura de innovación sanitaria abierta y perdurable en el tiempo para la sociedad de La Rioja y en particular para los profesionales pertenecientes al Sistema Público de Salud y gestionará las actuaciones en materia de innovación sanitaria para el Gobierno de La Rioja.
Podrá promover, evaluar y priorizar de acuerdo con la Consejería competente en materia de sistemas y tecnologías de la información, la demanda de nuevas actuaciones generadas en el Sistema Público de Salud de La Rioja para la implantación y el desarrollo de infraestructuras y tecnología sanitarias y sistemas de información y/o comunicaciones, aplicadas al ámbito de la Salud, así como la evaluación de los resultados obtenidos.
Este objeto, siempre de carácter general, busca de forma contundente la excelencia médica, investigadora y tecnológica, que además de convertir a la Fundación en referencia para el Sistema Nacional de Salud, facilite al ciudadano la accesibilidad a servicios y tecnologías de calidad y eficacia, donde tratar las patologías de importancia para la Salud Pública y Comunitaria.
Adicionalmente, fomentará el impulso, prestación y gestión de programas, actividades y servicios accesorios que garanticen el desarrollo continuo y eficaz de la actividad sanitaria, de la investigación biomédica y biotecnológica y de la innovación sanitaria del Sistema Público de Salud de La Rioja. Así como la gestión de otras actividades complementarias a desarrollar dentro del entorno sanitario.
La Ley 7/2011, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2012 de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyó una Disposición Adicional Tercera sobre la integración de las áreas asistenciales de Fundación Rioja Salud en el Servicio Riojano de Salud, en los términos siguientes:
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Las áreas asistenciales de la Fundación Rioja Salud, Cuidados Paliativos, Patología Mamaria, Medicina Nuclear, Centro de Transfusión de Sangre, Unidad de Oncología Radioterápica, Unidad de Protección Radiológica, Diagnóstico Molecular y los laboratorios de virología, anatomía patológica, rehabilitación y admisión quedan integrados funcional y orgánicamente en el Servicio Riojano de Salud.
La Fundación Rioja Salud mantendrá su actual régimen jurídico y objeto estatutario en los ámbitos relativos a formación, informática y sistemas de información, la unidad de gestión e investigación biomédica, para todo el Sistema Público de Salud de La Rioja.
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Se habilita al Gobierno de La Rioja y a las Consejerías de Salud y Servicios Sociales y de Administración Pública y Hacienda para que desarrollen las disposiciones reglamentarias y actuaciones que procedan para la efectiva integración en un plazo no superior a un año.
Con fecha 1 de noviembre de 2012 se hizo efectiva la fase de integración funcional de las áreas asistenciales de Fundación Rioja Salud en el Servicio Riojano de Salud, mediante el convenio de colaboración suscrito entre ambas organizaciones.