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Ayudas a la movilidad para estancias formativas en Centros de excelencia

Ayudas a la movilidad para estancias formativas en Centros de excelencia

1. Objeto.

El Servicio Riojano de Salud (en adelante, SERIS) y Fundación Rioja Salud (en adelante, FRS) convocan ayudas a la movilidad para estancias formativas en Centros de excelencia situados prioritariamente en el extranjero.

Se entiende por estancia formativa aquellas que tiene como fin incrementar las competencias en conocimientos, habilidades y actitudes de los profesionales en un campo de formación concreto, mediante una metodología que proporciona una experiencia en un entorno real.

Estas estancias, que estarán alineadas con el Plan Estratégico 2021-2024 de Atención Primaria, del Hospital Universitario San Pedro y Acciones Transversales de Atención Primaria y Atención Hospitalaria y el IV Plan de Salud de La Rioja 2030, tienen también la finalidad de ayudar a establecer lazos que permitan futuras colaboraciones.

Las estancias deberán tener una duración mínima de 1 mes, incluirán las realizadas en 2024 desde el 1 de enero hasta el 1 de diciembre de 2024.
En casos excepcionales, y contando con la preceptiva justificación, se podrán presenta solicitud para estancias inferiores a 1 mes.

2. Financiación de las ayudas.

La cuantía máxima que se destinará a la estimada para la financiación de estas ayudas es de 15.000,00€, siendo la cuantía máxima a conceder para cada una de ellas de 5.000,00€.

Ayudas

  • 1 para facultativos/as de Hospitales
  • 1 para enfermeras/os de Atención Primaria
  • 1 para área de Investigación del Cibir.

3. Destinatarios de las ayudas.

Podrán solicitar las ayudas las personas que durante toda la estancia formativa se encontrasen prestando servicio profesional en los centros adscritos al SERIS y en FRS y continúen prestándolo en el momento de la solicitud y concesión.

Sólo se concederá una ayuda por beneficiario.

No podrán presentar solicitud de ayuda los residentes de los dos primeros años ni el personal directivo de la estructura del SERIS y FRS.

4. Presentación de solicitudes.

Los interesados presentarán su solicitud a través de la dirección de del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. incluyendo en el asunto “Estancias Formativas”. Se remitirá una confirmación de la recepción.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 30 de Junio de 2024 para el personal del Seris y 30 de Septiembre de 2024 para el personal del Cibir.

La presentación de la solicitud de ayuda supone la aceptación de todas las obligaciones que se deriven del presente documento.

Además, en el caso de las personas beneficiarias de la ayuda, se podrá utilizar su nombre, apellidos e imagen para su impresión, reproducción, difusión, distribución, exposición y publicación, a través de cualquier medio (impreso o digital o audiovisual) y/o soporte (carteles, folletos, videos, audios, etc.), a fin de promocionar y comunicar la presente convocatoria.

4.1 Documentación a aportar junto con la solicitud.

La solicitud incluirá los siguientes documentos:

  1. Solicitud firmada por el interesado en la que realicen una declaración responsable acerca de la veracidad de los datos personales y académicos aportados, así como del cumplimiento de los requisitos establecidos para ser beneficiarios de estas ayudas.
  2. Se deberá aportar en pdf. la siguiente documentación:
    1. Datos principales de la estancia (duración, país y centro de destino), así como un presupuesto de los gastos previstos.
    2. Proyecto a desarrollar. Una breve memoria explicativa de la finalidad de la estancia que se va a realizar. Se hará referencia a la relación del puesto de trabajo desempeñado y su relación con la actividad del servicio o la unidad a la que pertenece valorando la posible aplicación, innovación o impacto de la actividad en el mismo.
    3. CV abreviado (máximo 4 folios) según el modelo https://cvn.fecyt.es
    4. Carta o documentación pertinente de aceptación en el centro en el que se va a realizar dicha estancia con identificación clara de la persona de contacto responsable y en la que consten las fechas exactas (día, mes y año) de inicio y fin de la estancia.
    5. Autorización de la Dirección del Centro en el que el solicitante preste sus servicios profesionales. En el caso de los Residentes, este documento se sustituirá por la Autorización de la Comisión de Docencia del Hospital Universitario San Pedro.
    6. Declaración responsable firmada de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estatales y con la Comunidad Autónoma de La Rioja) y con la Seguridad Social. En el caso de que no desee suscribir esta declaración deberá aportar los certificados de estar al corriente del cumplimiento de dichas obligaciones.
    7. En el caso de que desee el pago anticipado de las ayudas, el solicitante presentará una declaración en la que se justifique la necesidad de provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la ayuda solicitando la concesión de anticipo.

4.2 Subsanación de la solicitud.

Si la solicitud aportada no se ajusta en contenido y forma con lo especificado en el apartado 4.1 se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de 10 días hábiles indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido en su solicitud.

5. Gastos susceptibles de ayuda.

Podrán ser objeto de ayuda los gastos que se ajusten al objeto de las mismas, específicamente se considerarán: Gastos de traslado y alojamiento. (Nunca se considerarán dietas ni manutención)

6. Evaluación de las solicitudes.

El Comité Asesor de Investigación constituido para este fin se encargará de estudiar y evaluar las candidaturas presentadas, así como de formular una propuesta de concesión al órgano encargado de resolver el procedimiento.

Estará compuesto por:

  • Dr. Don Gustavo Ossola de Seris
  • Don Eduardo Mirpuri de FRS

En un plazo máximo de 1 mes a contar desde el fin del plazo de solicitudes se realizará una propuesta de concesión al órgano que deba resolver sobre las mismas.

La propuesta que realice dicho Comité tendrá carácter vinculante.

6.1 Procedimiento de valoración de las solicitudes.

Las solicitudes se evaluarán con un máximo de 100 puntos y se realizará conforme a los criterios siguientes:

  • Evaluación de la candidatura. Hasta 25 puntos.
    Se valorará el CV abreviado teniendo en cuenta su participación en proyectos de investigación, publicaciones, participación destacada en congresos y formación de acuerdo con el siguiente detalle:
    • Posesión de título de doctor/a: 1 puntos
    • Premio extraordinario de doctorado o Doctorado con mención europea: 1 punto
    • Participación en proyectos de investigación: Hasta 5 puntos (1 punto por proyecto internacional; 0,5 puntos por proyecto nacional; 0,25 puntos por proyecto regional o no competitivo
    • Número de publicación en revistas científicas: Hasta 15 puntos (máximo 1,5 puntos por publicación). Se tendrá en cuenta en la valoración:
    • Relevancia del artículo en el área de conocimiento.
    • Publicado en los 10 últimos años
    • Lugar que ocupa la persona candidata en la publicación (se valorará especialmente la autoría principal) y contribución al manuscrito
    • Participación destacada en congresos: Hasta 3 puntos (0,25 puntos por presentación oral; 0,15 puntos por presentación tipo poster)
  • Evaluación de la estancia propuesta. Hasta 75 puntos
    Se valorará la calidad del centro de acogida y prestigio de la persona responsable de la práctica, las técnicas o actividades a realizar, y el retorno que puede ofrecer a su actividad al SERIS y/o FRS formación de acuerdo con el siguiente detalle:
    • Duración y calidad de la estancia propuesta. Hasta 35 puntos
      • 1 punto por cada semana adicional al mes mínimo de estancia hasta un máximo de 5 puntos
      • Calidad de la estancia: máximo de 20 puntos
        • 6 puntos-Aceptable
        • 10 puntos-Buena
        • 15 puntos-Muy buena
        • 20 puntos-Excelente
      • Transferibilidad de la propuesta: hasta 10 puntos
        • Investigación básica: 2 puntos
        • Mecanismos de enfermedad: 4 puntos
        • Estudios sobre pacientes o poblaciones: 6 puntos
        • Servicios de salud E-health y TICS. 8 puntos
        • Diagnóstico y tratamiento: 10 puntos.
    • Calidad del centro receptor. Hasta 15 puntos
    • Retorno esperado de la formación recibida. Hasta 25 puntos.

7. Resolución de las ayudas.

El Director Gerentes de FRS resolverá la concesión o denegación de las ayudas de acuerdo con la propuesta del Comité Asesor de Investigación.

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de 2 meses desde la finalización del plazo máximo de presentación de solicitudes. Transcurrido el mismo, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes, sin perjuicio de la obligación de resolver por parte de las Direcciones-Gerencias.

En el caso de que alguna de las categorías quede desierta, el beneficio podría recaer en otra de las modalidades presentadas teniendo en cuenta la demanda y la calidad de la propuesta.

8. Compatibilidad de las ayudas.

La concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria es compatible con otras que pudieran obtenerse para el desarrollo de la actividad existiendo la obligación de comunicar este hecho a la Dirección del Hospital Universitario San Pedro y/o FRS.

No obstante, la cuantía concedida no podrá ser tal que, aislada o conjuntamente con otras ayudas, becas o subvenciones de instituciones o entidades públicas o privadas para la misma estancia supere el coste total de éste.

A efectos de compatibilidad, el coste total de la estancia se estimará en razón a las facturas aportadas, atendiendo únicamente a los gastos de traslado y alojamiento.

9. Importe, abono y documentación justificativa de las ayudas.

El importe de la ayuda consistirá en el reembolso de los gastos incurridos. Al inicio de la estancia se entregará una cantidad que consistirá en la mitad de la ayuda concedida en caso de que ésta se hubiera solicitado y justificado.

El abono de la ayuda se realizará en el plazo máximo de 30 días, desde la recepción de la documentación que acredite los requisitos establecidos.

A efectos de justificación de la misma los destinatarios de las ayudas deberán remitir a FRS, una memoria completa de la actividad realizada en los 2 meses siguientes a la finalización de la estancia formativa o de su concesión en el caso de haberse realizado con anterioridad donde se detallen los objetivos específicos conseguidos y las actividades desarrolladas. Se realizará un desglose de los gastos incurridos.

En esta memoria se adjuntará una certificación emitida por el centro receptor en la que conste el periodo de estancia y el aprovechamiento de la misma.

El reembolso y tramitación de estos gastos se regirá por lo dispuesto en el procedimiento para solicitud y abono de gastos derivados de viajes profesionales y actividades formativas, que se pondrán a disposición de los adjudicatarios.

10. Otras obligaciones.

Los beneficiarios de la ayuda se comprometen a la implantación de los procesos adquiridos debiendo en ese momento hacer una presentación pública de su estancia.

Deberá asimismo mantener una estancia mínima en el SERIS y/o FRS de 2 años tras su implantación. En caso contrario supondrá la devolución del importe completo de la ayuda.

La estancia ha de completarse en su totalidad, en caso contrario supondrá la devolución de la totalidad del importe de la ayuda.

La concesión de la ayuda supondrá que no se puede solicitar la misma ayuda en los 3 años posteriores.

11. Protección de datos.

Los datos de carácter personal contenidos en la solicitud y en la restante documentación presentada por el solicitante serán objeto de tratamiento conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Actividad de Inventario: El detalle de los colectivos, datos tratados y tipos de datos personales es el que se incluye en la dirección https://www.fundacionriojasalud.org/politica-de-privacidad/proteccion-datos para la actividad del inventario que se especifica: Gestión de subvenciones, becas y ayudas.

La presentación de la solicitud supone otorgar el consentimiento expreso de que los datos personales puedan ser publicados a efectos de notificaciones, comunicados a terceros interesados en el expediente y para cumplir con la legislación vigente.

 

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